{"id":62,"date":"2017-05-24T18:11:03","date_gmt":"2017-05-24T21:11:03","guid":{"rendered":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/?page_id=62"},"modified":"2020-04-14T15:04:52","modified_gmt":"2020-04-14T18:04:52","slug":"derechos-y-obligaciones","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/derechos-y-obligaciones\/","title":{"rendered":"Derechos y Obligaciones"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Derechos y Obligaciones de los Asociados<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" type=\"1\"><li>Con la aceptaci\u00f3n de la \u00abSolicitud de Ingreso\u00bb como asociado al Plan de Previsi\u00f3n Individual para la familia, de la Mutual Apoyo Solidario, se adopta el presente, conforme a las condiciones que se exponen a continuaci\u00f3n.<br><\/li><li>El designado como titular del n\u00facleo de asociados, ingresa conjuntamente con las personas que lo integran, como socios adherentes y participantes respectivamente, de la Mutual Apoyo Solidario de Servicios F\u00fanebres (Matricula INAM N\u00ba598 SF), por intermedio de Cobertura Paran\u00e1, dentro del Plan de Previsi\u00f3n Individual para la Familia.<br><\/li><li>La presente vincula exclusivamente a las personas expresamente detalladas en la Solicitud de Ingreso a su alta o de Agregados que fueron aceptados, siendo nula toda transferencia, cesi\u00f3n o reemplazo a favor de terceros.<br><\/li><li>Los beneficios que otorga la Mutual, son exclusivamente para los asociados al Plan de Previsi\u00f3n Individual y no para los familiares de los mismos que no se hallen inscriptos asociados.<br><\/li><li>Las personas comprendidas en la Solicitud de Ingreso, facultan a la Mutual Apoyo Solidario &#8211; Cobertura Paran\u00e1 a reajustar las cuotas, cuando sea necesario, en relaci\u00f3n a los costos del funcionamiento del sistema y de los beneficios a prestarse.<\/li><li>No est\u00e1n habilitadas para su ingreso las personas mayores de 65 a\u00f1os de edad, con la excepci\u00f3n de familiares directos (padres o suegros), que no tengan ning\u00fan tipo de cobertura de sepelio.<br><\/li><li>No podr\u00e1n utilizar los distintos beneficios aquellos asociados que tengan la cuota adeudada del mes que se esta cursando en el momento de solicitarlo, o que est\u00e9n inhabilitados por diez d\u00edas porque dicha cuota la abonaron en el mes posterior al del mes de vencimiento (ver p\u00e1rrafos 54 y 55).<br><\/li><li>Aquellos que no tengan cumplidas las carencias que se determinan para cada beneficio, tampoco podr\u00e1n utilizarlos, dej\u00e1ndose constancia que la vigencia mencionada en la Solicitud de Ingreso corresponde exclusivamente al servicio f\u00fanebre y no a otras prestaciones cuyas carencias son distintas.<br><\/li><li>Si se lo requiere, la Empresa F\u00fanebre al solicitar el servicio, debe presentar el cup\u00f3n de la Boleta de Pagos de pago del mes en curso (no anteriores ni pagos anticipados) y el ticket que le entregaron en el Banco o sistema de pago que lo haya abonado y al solicitar cualquier beneficio, presentando tambi\u00e9n el documento de identidad respectivo.<br><\/li><li>Estos Derechos y Obligaciones de los Asociados se entregan a la vista de la Solicitud de Ingreso y Declaraci\u00f3n Jurada y Constancia, debidamente completadas y firmadas, oblig\u00e1ndose a los asociados y a la entidad, al fiel cumplimiento de las cl\u00e1usulas, no obstante cualquier divergencia ser\u00e1 sometida a los Tribunales de San Isidro.<br><br><strong>DERECHOS DE LOS ASOCIADOS<br><\/strong><\/li><li>SERVICIO F\u00daNEBRE SIN CARGO. Se otorga al Asociado en el Plan que le corresponda, siempre y cuando no este inhabilitado por haber abonado su cuota en el mes posterior al del vencimiento o por carencia no cumplida.<br><\/li><li>Si el fallecimiento es a causa de un accidente, por paro card\u00edaco TRAUM\u00c1TICO, con intervenci\u00f3n policial, la carencia se reduce a dos meses siempre y cuando no sea motivado por un suicidio.<br><\/li><li>Los servicios deber\u00e1n ser realizados<strong>por la Cocher\u00eda que determine esta Mutual, sin tener que presentarse en la Empresa Funeraria, , sin tener que moverse del lugar donde se encuentra, coordinando el servicio de lunes a viernes de 9 a 18 horas por tel\u00e9fono a esta Mutual al (011) 4765-8263 o al n\u00famero sin cargo 0800-444-0046 o fuera de ese horario al \u00a0(011) 4763-2420,\u00a0 (011) 15-4404-5206 o a la cocheria.<\/strong><\/li><\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em><u>Durante la <\/u><\/em><em><u>CUARENTENA-2020<\/u><\/em><strong>, <\/strong><strong>en los mismos d\u00edas y horarios de atenci\u00f3n en la Mutual, llame a los tel\u00e9fonos<\/strong><strong> <\/strong><strong>(011) 4763-2420 \u00f3 (011) 15-4404-5206<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" type=\"1\" start=\"14\"><li>La b\u00f3veda o nicho donde se depositen los restos de la persona fallecida, cuando utilicen el Plan que contemple este excedente, deber\u00e1 ser de propiedad o arrendada por los familiares, dej\u00e1ndose establecido que no son responsables esta Mutual ni la Cocher\u00eda interviniente que haya nichos habilitados en el lugar de la inhumaci\u00f3n.<br><\/li><li>La no utilizaci\u00f3n de alguno de los excedentes que le corresponda, no da derecho a reintegro alguno, ni a otra mejora o cambio, que no sea lo que corresponde por el Plan al que se esta asociado.<br><\/li><li>Carencia: La que corresponda seg\u00fan a su edad o situaci\u00f3n al ser dado de alta o reincorporado; la cual, consta en los registros de los asociados correspondientes. <strong><br><\/strong><\/li><li><strong>PLAN \u00abA\u00bb (Servicio B\u00e1sico sin excedentes)<\/strong><br>Retiro del asociado del lugar donde falleci\u00f3 (sanatorio, cl\u00ednica, etc.) Traslado del fallecido hasta el lugar del velatorio. Ata\u00fad tipo bovedilla, para inhumar en tierra. Sistema de iluminaci\u00f3n autom\u00e1tica en caso de corte de luz. Cosmetolog\u00eda a cargo de un profesional que se har\u00e1 cargo de la presentaci\u00f3n f\u00edsica del fallecido. Servicio de mantenimiento en el velatorio de las ofrendas florales y dem\u00e1s elementos que componen el servicio y el control del mismo por personal especializado. Emergencia m\u00e9dica en el velatorio cuando sea necesario. Purificaci\u00f3n del ambiente. Servicio de azafata que quedar\u00e1 a \u00f3rdenes de la familia o expendedor de caf\u00e9. Servicio de ceremonial que organiza la salida del cortejo hacia el cementerio, ordena el trayecto, coordina homenajes y atiende la inhumaci\u00f3n. Carroza porta corona, Carroza f\u00fanebre. Autos de acompa\u00f1amiento, tarjeta de inhumaci\u00f3n. Tr\u00e1mite ante Registro Civil y Cementerio. Licencia de Inhumaci\u00f3n. Certificado de defunci\u00f3n.<br><\/li><li><strong>PLAN \u00abB\u00bb<\/strong> (Servicio B\u00e1sico y un (1) excedente opcional) Sala Velatoria o Servicio a Nicho o Cremaci\u00f3n, en ese orden.<br><\/li><li><strong>PLAN \u00abD\u00bb<\/strong> (Servicio B\u00e1sico y dos (2) excedentes opcionales) Sala Velatoria y Servicio a Nicho o Sala Velatoria y Cremaci\u00f3n, en ese orden.<br><\/li><li><strong>PLAN \u00abF\u00bb<\/strong> (Servicio B\u00e1sico y tres (3) excedentes opcionales) El mismo servicio del Plan \u00abA\u00bb, pudiendo optar por todos los excedentes: Sala Velatoria, Servicio a Nicho y Aviso en Diario, en ese orden o Sala Velatoria, Cremaci\u00f3n y Aviso en un Diario, en ese orden.<br><br><strong>RADIO DE ACCI\u00d3N (Capital Federal y Gran Buenos Aires)<br><\/strong><\/li><li>El servicio f\u00fanebre ser\u00e1 prestado en el siguiente radio de Acci\u00f3n: Capital Federal y los siguientes partidos de: Vicente L\u00f3pez, San Isidro, San Fernando, San Mart\u00edn, Tres de Febrero, Tigre, Gral. Sarmiento, Moreno, Luj\u00e1n, Gral. Rodr\u00edguez, Mor\u00f3n, Merlo, Marcos Paz, La Matanza, Avellaneda, Lan\u00fas, Lomas de Zamora, Quilmes, Almirante Brown, Berazategui, Florencio Varela, y las localidades de Guernica, Alejandro Korn, San Vicente, Parque San Sebasti\u00e1n, Santa Catalina, Monte Grande, Luis Guill\u00f3n, Aeropuerto Ezeiza, El Jag\u00fcel, Trist\u00e1n Su\u00e1rez, Spegazzini, Derqui, Manzone Toro, Pilar, Villa Rosa, Tortuguitas, Del Viso, Escobar, Ing. Maschwitz, Gar\u00edn.\u00a0\u00a0\u00a0<br><br><strong>Es conveniente en estos casos, que la cocher\u00eda interviniente se ponga en contacto con nosotros o el familiar del asociado fallecido, que nos pase los datos de la empresa f\u00fanebre, antes de contratar el servicio.<\/strong>\u00a0<br><br><strong>EN CASO DE FALLECIMIENTO &#8211; PROCEDIMIENTOS A SEGUIR<br><\/strong><\/li><li>Los servicios f\u00fanebres que se brindan, <strong>son<\/strong> dentro del radio de acci\u00f3n, <strong>21 y aclaraci\u00f3n al pie del mismo, <\/strong>de estos Derechos y Obligaciones de los Asociados.<br><\/li><li>Fuera del radio de acci\u00f3n, puede realizar el servicio con otra Cocher\u00eda, pero siguiendo las instrucciones que se mencionan entre los p\u00e1rrafos\u00a0 <strong>21,<\/strong> 26 y 27 de estos Derechos y Obligaciones.<br><\/li><li>Esto rige tambi\u00e9n cuando se encuentre en el interior del pa\u00eds.<br><\/li><li>En caso de un fallecimiento<strong>\u00a0, sin tener que moverse del lugar donde se encuentra, debe coordinar el servicio de lunes a viernes de 9 a 18 horas por tel\u00e9fono a esta Mutual al (011) 4765-8263 o al n\u00famero sin cargo 0800-444-0046 o fuera de ese horario al \u00a0(011) 4763-2420,\u00a0 (011) 15-4404-5206 <br><em><u><br><\/u><\/em><\/strong><em><u>Durante la CUARENTENA-2020<\/u><\/em>, <strong>en los mismos d\u00edas y horarios de atenci\u00f3n en la Mutual, llame a los tel\u00e9fonos(011) 4763-2420 \u00f3 (011) 15-4404-5206<\/strong><\/li><\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>FALLECIMIENTO FUERA DEL RADIO DE ACCI\u00d3N EN EL INTERIOR DEL PAIS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" type=\"1\" start=\"26\"><li>Se debe poner en contacto con esta Mutual <strong>\u00a0<\/strong>, <strong>llamando a los tel\u00e9fonos mencionados en el numero anterior<\/strong>, que le dar\u00e1n la atenci\u00f3n y el asesoramiento que necesita en esas circunstancias.<br><\/li><li>Fuera de este horario o de estos d\u00edas, inclusive feriados, <strong>\u00a0deber\u00e1n llamar a los tel\u00e9fonos que se mencionan en el numero 25<br><\/strong><\/li><li>Para el caso<strong>\u00a0, que por razones se pueda negociar con la cocheria interviniente <\/strong>esta Mutual le efectuar\u00e1 el reintegro tal como lo establecen los p\u00e1rrafos 29; 30 y 31 de estos Derechos y Obligaciones de los Asociados.<br><\/li><li>Para ello debe presentar la factura oficial a nombre de quien abono el servicio y recibo de pago, donde consten los datos del fallecido y detalle del servicio realizado, como as\u00ed tambi\u00e9n la Partida de Defunci\u00f3n emitida por la autoridad competente.<\/li><li>Para el caso que lo facturado exceda el importe que la Mutual Apoyo Solidario abona por el servicio f\u00fanebre<strong> regularmente,<\/strong> se tomara este importe como tope para liquidar el reintegro.<br><\/li><li>Esta Mutual no se har\u00e1 cargo del traslado, sea cual fuere la distancia.<br><br><strong>FALLECIMIENTO EN EL EXTERIOR DEL PAIS<br><\/strong><\/li><li>De producirse en el exterior del pa\u00eds no se realizar\u00e1 el servicio f\u00fanebre por intermedio de esta Mutual, en este caso se har\u00edan cargo de abonar el servicio alg\u00fan familiar\/conocido \/seguro de viaje, etc. y al regreso deber\u00e1 solicitar el reintegro correspondiente que se menciona en el p\u00e1rrafo 57 de estos Derechos y Obligaciones de los Asociados.<br><\/li><li>Para ello debe presentar la factura oficial a nombre de quien abono el servicio y recibo de pago, donde consten los datos del fallecido y detalle del servicio realizado, como as\u00ed tambi\u00e9n la Partida de Defunci\u00f3n emitida por la autoridad competente, traducida a nuestro idioma.<br><\/li><li>Se abonar\u00e1 en la moneda legal de la Rep\u00fablica Argentina y se deja aclarado que para el caso que lo facturado exceda el importe que la Mutual Apoyo Solidario abona por el servicio f\u00fanebre a la cocher\u00eda prestataria, se tomara este importe como tope para liquidar el reintegro.<br><\/li><li>Esta Mutual no se har\u00e1 cargo del traslado, sea cual fuere la distancia.<br><\/li><li>Si alg\u00fan seguro de viaje cubre el servicio f\u00fanebre y traslado, la empresa funeraria que realizar\u00e1 el resto del servicio en la Rep\u00fablica Argentina, recibir\u00e1 los restos de la persona fallecida en instalaciones de la misma y para continuar con los tr\u00e1mites legales, la documentaci\u00f3n debe estar en orden.<br><br><strong>DOCUMENTOS A PRESENTAR<\/strong><br><\/li><li>Para personas de nacionalidad argentina, nativos, naturalizados o extranjeros residentes, deber\u00e1n presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI).<\/li><li>Los extranjeros deben presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI), pero de no haber tramitado el mismo, deber\u00e1n presentar la C\u00e9dula de Identidad (CI) otorgada, por la autoridad competente, adem\u00e1s de documentaci\u00f3n de su pa\u00eds de origen.<br><\/li><li>Libreta de Casamiento propia y\/o de los padres si fuere posible.<br><\/li><li>Certificado de Defunci\u00f3n emitido por el m\u00e9dico \u00a0autorizado a extenderlo, que constat\u00f3 el fallecimiento (verlos p\u00e1rrafos 42; 43 y 44).<br><\/li><li>Es un requisito indispensable para gestionar el servicio y la falta de \u00e9ste, imposibilita la realizaci\u00f3n de las tramitaciones correspondientes ante los organismos oficiales para llevar a cabo la inhumaci\u00f3n del fallecido.<br><br><strong>NECESIDAD DE CONTAR CON EL CERTIFICADO M\u00c9DICO DE DEFUNCI\u00d3N<\/strong><br><br>Estos problemas no tendr\u00edan que suceder ya que en estos momentos de dolor que vive una familia, no se razona con claridad, pero para ello les explicamos como deben proceder en estas circunstancias.<\/li><li>Cuando una persona fallece en un hospital o sanatorio, para certificar su muerte, el establecimiento sanitario le extiende el certificado m\u00e9dico de defunci\u00f3n, que permite realizar legalmente las gestiones en el Registro Civil, para poder inhumar los restos.<br><br><strong>La obtenci\u00f3n del Certificado M\u00e9dico de Defunci\u00f3n es responsabilidad exclusiva de la familia.<\/strong><br><\/li><li>Cuando una persona fallece en el domicilio, los familiares son quienes se deben ocupar que el m\u00e9dico de cabecera o el de la familia extienda el certificado m\u00e9dico de defunci\u00f3n, caso contrario el mismo se extender\u00e1 con intervenci\u00f3n policial despu\u00e9s de realizarle la autopsia; algo que no es agradable, y que nada tiene que ver la Cocher\u00eda ni esta Mutual, porque es un tema legal.<br><\/li><li>No es legal la presentaci\u00f3n de la Constancia de \u00d3bito, que es el comprobante que extiende la emergencia m\u00e9dica al comprobar un fallecimiento.<br><br>Normas legales, sobre los Certificados de Defunci\u00f3n, haga clic <strong><a href=\"http:\/\/www.coberturaparana.com.ar\/certificadosdefuncion.html\">AQUI<\/a><\/strong><br><\/li><li>Aquellas personas que tienen familiares muy delicados de salud, deber\u00edan contactarse con esta Mutual para que los orientemos sobre los pasos a seguir en el momento del fallecimiento.<br><br><strong>CONVIENE TENER EN CUENTA<\/strong><br><br>Ante todo, lo convenido en estos Derechos y Obligaciones de los Asociados y en particular, que:<br><\/li><li>En caso de optar por la cremaci\u00f3n del fallecido, deber\u00e1 informar al inicio de las gestiones a la cocheria interviniente esta decisi\u00f3n.<br><\/li><li>En caso de <strong>Defunci\u00f3n Fetal<\/strong>, cuando uno de los padres est\u00e9 asociado y habilitado, podr\u00e1 realizar un servicio directo, extendi\u00e9ndose este beneficio a beb\u00e9s cuyo fallecimiento se produzca dentro de los quince (15) d\u00edas de vida.\u00a0<br><\/li><li>Quienes est\u00e9n en el <strong>Plan A<\/strong> (plan b\u00e1sico), les corresponde solamente el servicio a tierra, sin Sala Velatoria ni otro excedente (ver p\u00e1rrafo 17 de los Derechos y Obligaciones de los Asociados).<br><\/li><li>Cuando se opte por utilizar Servicio a Nicho, ni la Mutual, ni la cocher\u00eda les podr\u00e1n asegurar la disponibilidad de nichos en el cementerio correspondiente a su zona; quedando a cargo de la familia el arrendamiento y las renovaciones del mismo. (ver p\u00e1rrafo 14).<br><\/li><li>Las personas al fallecer, generalmente deben ser inhumadas en el cementerio de su zona y no en cementerios for\u00e1neos; pero la mayor\u00eda de los cementerios aceptan la inhumaci\u00f3n de personas ajenas a su jurisdicci\u00f3n.<br><br>En estos casos la familia deber\u00e1 afrontar el pago por los gastos ocasionados que var\u00edan de comuna en comuna.<br><\/li><li>Al tratarse de cementerios privados no existe norma alguna; la inhumaci\u00f3n se realiza donde tengan la parcela y los gastos de la misma estar\u00e1n a cargo de la familia.<br><\/li><li>Las familias que posean b\u00f3vedas, deben tener presente que de no utilizar el ata\u00fad a nicho correspondiente a su plan, queriendo optar por un modelo especial, deber\u00e1n abonar la diferencia.<br><br><strong>EST\u00c1N INHABILITADOS DE UTILIZAR EL SERVICIO<\/strong><br><\/li><li>Quienes no tengan la carencia cumplida.<br><\/li><li>Quienes no tengan pago el mes en curso; es decir, aquellos que no abonaron la cuota durante el mes de vencimiento, salvo que nos hayan solicitado un<strong> Plazo Diferido, cuyas normativas se pueden ver, haciendo clic <a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/plazo-diferido\/\"><strong>AQU\u00cd<\/strong><\/a> y en los n\u00fameros 107, 108 y 109 del presente.<\/strong><br><\/li><li>Quienes abonan despu\u00e9s del mes de vencimiento, est\u00e1n desprotegidos por el t\u00e9rmino de diez (10) d\u00edas desde la fecha del pago.<br><\/li><li>Tenemos en un sistema computarizado la n\u00f3mina de los asociados que est\u00e1n inhabilitados por falta de pago y\/o carencia no cumplida.<br><br>Esta n\u00f3mina es consultada en la empresa, antes de tomar el servicio f\u00fanebre.<br><br><strong>REINTEGRO DEL IMPORTE POR SERVICIOS F\u00daNEBRE<\/strong><br><br>Cuando fueran realizados fuera de nuestro radio de acci\u00f3n o pago directo a la Cocher\u00eda interviniente.<br><\/li><li>Para el caso que lo facturado exceda el importe que la Mutual abona por el servicio f\u00fanebre a la empresa prestataria del servicio, se tomara este como tope para liquidar el reintegro o el pago del servicio a la Cocher\u00eda interviniente.<br><\/li><li>NO CORRESPONDE REINTEGRO, cuando el servicio se realiza por otra Cocher\u00eda sin convenios con esta Mutual<strong> <\/strong>de Capital Federal, <strong>y<\/strong> del Gran Buenos Aires o en el interior del pa\u00eds. Tampoco corresponde reintegro, cuando el servicio se haya realizado por otra cobertura o seguro de sepelio.<br><\/li><li>Por tal motivo, aquellos que en alg\u00fan momento puedan tener este doble gasto, se les sugiere optar por uno de ellos, ya que en su momento utilizaran solo una de las coberturas.<br><\/li><li>La documentaci\u00f3n para este reintegro<strong>, <\/strong>deber\u00e1 ser presentada por los familiares o remitida por carta certificada y el reintegro se efectuara \u00fanica y exclusivamente a la persona que figura en el recibo de pago, personalmente, transferencia o deposito bancario o por el mismo medio remiti\u00e9ndole cheque a su nombre a la direcci\u00f3n que nos indique.<br><\/li><li>Debe firmar quien cobra el reintegro, el Acta por Indemnizaci\u00f3n Sustitutiva, donde consta el importe que recibe.<br><br><strong>OTROS BENEFICIOS<\/strong><br><\/li><li><strong>SERVICIO SIN CARGO POR DEFUNCI\u00d3N FETAL<\/strong>. De producirse una defunci\u00f3n fetal o fallecimiento de un bebe menor de quince d\u00edas de vida, que aun no se encuentre asociado y que la madre o el padre si lo est\u00e9, con carencia cumplida, se efectuar\u00e1 sin cargo alguno el servicio f\u00fanebre DIRECTO (inhumaci\u00f3n y tr\u00e1mites).<br><\/li><li><strong>AYUDA ECON\u00d3MICA POR FALLECIMIENTO<\/strong>. Al producirse el fallecimiento de un asociado, tenga o no la carencia cumplida, se le brinda una ayuda econ\u00f3mica en esos dif\u00edciles momentos, otorg\u00e1ndoles dos cuotas sin cargo al n\u00facleo de asociados.<br><\/li><li><strong>SUBSIDIO POR CASAMIENTO<\/strong>. Se har\u00e1 efectivo el pago de este beneficio contra la presentaci\u00f3n del Certificado de Matrimonio otorgado por el Registro Civil, entregando fotocopia de dicha documentaci\u00f3n, indefectiblemente antes de los 45 d\u00edas de contra\u00eddo el enlace. Carencia para este beneficio: Un a\u00f1o.<br><\/li><li>El mismo ser\u00e1 liquidado a uno de los contrayentes en caso de que ambos sean asociados.<br><\/li><li>El c\u00f3nyuge puede agregarse como asociado al n\u00facleo que pertenece <strong>al el<\/strong> beneficiario, sin gastos de ingreso y para el caso que lo haga en el acto de percibir el subsidio, se le otorgar\u00e1 una cuota sin cargo.<br><\/li><li><strong>SUBSIDIO POR NACIMIENTO<\/strong>. Se har\u00e1 efectivo el pago de este beneficio contra la presentaci\u00f3n del Certificado de Nacimiento otorgado por el Registro Civil, entregando fotocopia de dicha documentaci\u00f3n, indefectiblemente antes de los 45 d\u00edas de producido el nacimiento. Carencia de este beneficio: Un a\u00f1o.<br><\/li><li>El mismo ser\u00e1 liquidado solamente a uno de los padres en caso de que est\u00e9n asociados en distintos n\u00facleos.<br><\/li><li>En el caso de mellizos o nacimientos m\u00faltiples, se liquidar\u00e1 un subsidio por cada hijo que nazca.<br><\/li><li>El<strong>,<\/strong> o los reci\u00e9n nacidos pueden agregarse como asociado al n\u00facleo que pertenece el beneficiario, sin gastos de ingreso, con una carencia de seis meses a partir del mes posterior al de su incorporaci\u00f3n, no abonando por este agregado hasta que cumpla\/n un a\u00f1o de edad, seg\u00fan el beneficio que figura en el p\u00e1rrafo 99 del presente.<br><\/li><li>En el caso que<strong> <\/strong>ingrese o ingresen<strong>, <\/strong>en el acto de percibir el subsidio, se le otorgar\u00e1 una cuota sin cargo al n\u00facleo de asociados que pertenezca el beneficiario.<br><\/li><li><strong>SUBSIDIO POR ADOPCI\u00d3N<\/strong>. Se har\u00e1 efectivo el pago de este beneficio contra la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n legal correspondiente, entregando fotocopia autenticada de la misma, indefectiblemente antes de los 45 d\u00edas de haberlo dispuesto el juez interviniente. Carencia para este beneficio: Un a\u00f1o.<br><\/li><li>NO corresponde este beneficio para aquellos casos de tutela, tenencia provisoria, etc.<br><\/li><li>El mismo ser\u00e1 liquidado a uno de los padres en caso de que ambos est\u00e9n asociados en distintos n\u00facleos.<br><\/li><li>Este beneficio se abona doble al subsidio por nacimiento, que figura en el p\u00e1rrafo 68 del presente.<br><\/li><li>El adoptado, puede agregarse como asociado al n\u00facleo que pertenece el beneficiario, sin gastos de ingreso y con una carencia de seis meses a partir del mes posterior al de su incorporaci\u00f3n.<br><\/li><li>En el caso que el ingreso del adoptado se realice en el acto de percibir el subsidio, se le otorgar\u00e1 una cuota sin cargo al n\u00facleo de asociados que pertenezca el beneficiario.<br><\/li><li><strong>PREMIO EST\u00cdMULO A ESCOLARES PRIMARIOS<\/strong>. Se le otorgar\u00e1 a los alumnos asociados que cursen estudios primarios y obtengan el mejor promedio de calificaci\u00f3n de su grado. Carencia: 8 meses al 1\u00ba de diciembre de cada a\u00f1o.<br><\/li><li>Como premio est\u00edmulo se les otorgar\u00e1 sin cargo alguno, guardapolvo, libro de lectura, manual del alumno, \u00fatiles y los elementos de estudio necesarios para el pr\u00f3ximo a\u00f1o lectivo.<br><\/li><li>Este beneficio se le otorgar\u00e1 una sola vez por escolaridad a la misma persona.<br><\/li><li>Para obtenerlo deber\u00e1n retirar un formulario impreso del Certificado de Declaraci\u00f3n Jurada hasta el 30 de Noviembre del a\u00f1o en que est\u00e1n cursando, en nuestra oficina o solicitarlo al cobrador o bajarlo de Internet, <a href=\"http:\/\/www.coberturaparana.com.ar\/certificadoestimuloescolar.html\">haciendo clic aqu\u00ed<\/a>, debiendo ser entregado antes del d\u00eda 21 de diciembre del mismo a\u00f1o.<br><\/li><li>Dicho formulario deber\u00e1 ser firmado por las autoridades educacionales, a modo de Declaraci\u00f3n Jurada, completando correctamente sin tachaduras ni enmiendas, dejando expresa constancia que ha obtenido el mejor promedio de calificaciones de su grado (NO uno de los mejores alumnos), es decir el primero del grado; de no ser as\u00ed este Certificado carecer\u00e1 de validez.<br><\/li><li>Aquellos que cursen el \u00faltimo grado del nivel primario, percibir\u00e1n el beneficio del Premio Est\u00edmulo a Estudiantes secundarios, que se menciona en el p\u00e1rrafo 87 del presente.<br><\/li><li>Para ello, al comenzar el nuevo per\u00edodo lectivo, presentar\u00e1 otro formulario impreso que se le entregar\u00e1, el cual deber\u00e1 estar firmado por las autoridades del colegio secundario que asista, donde constar\u00e1 que contin\u00faa cursando sus estudios, como as\u00ed tambi\u00e9n la n\u00f3mina de los libros que utilizara durante el a\u00f1o.<br><\/li><li><strong>PREMIO EST\u00cdMULO A ESTUDIANTES SECUNDARIOS<\/strong>. Se le otorgar\u00e1 a los alumnos asociados que cursen estudios secundarios y obtengan el mejor promedio de calificaciones de su curso. Carencia: 8 Meses al 1\u00ba de Diciembre de cada a\u00f1o.<br><\/li><li>Como premio est\u00edmulo, se les otorgar\u00e1 sin cargo los libros necesarios para el pr\u00f3ximo a\u00f1o lectivo.<br><\/li><li>Este beneficio se le otorgar\u00e1 una sola vez a la misma persona.<br><\/li><li>Para obtenerlo deber\u00e1n retirar un formulario impreso del Certificado de Declaraci\u00f3n Jurada hasta el 30 de Noviembre del a\u00f1o que est\u00e1n cursando, en nuestras oficinas o solicitarlo al cobrador o bajarlo de Internet, <a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/pdf\/certificadoestimuloescolar.pdf\">haciendo clic aqu\u00ed<\/a>, debiendo ser entregado antes del d\u00eda 21 de Diciembre del mismo a\u00f1o.<br><\/li><li>Dicho formulario deber\u00e1 ser firmado por las autoridades educacionales, a modo de Declaraci\u00f3n Jurada, completando correctamente sin tachaduras ni enmiendas, dejando expresa constancia que ha obtenido el mejor promedio de calificaci\u00f3n (NO uno de los mejores alumnos), es decir el primero del curso; de no ser as\u00ed este Certificado carecer\u00e1 de validez.<br><\/li><li>Adem\u00e1s, al comenzar el nuevo per\u00edodo lectivo presentar\u00e1 otro formulario impreso que se le entregar\u00e1, el cual deber\u00e1 estar firmado por las autoridades del colegio que asistir\u00e1 donde constar\u00e1 que contin\u00faa cursando sus estudios, como as\u00ed tambi\u00e9n la nomina de los libros que utilizar\u00e1 durante el a\u00f1o.<br><\/li><li><strong>PREMIOS A LA PUNTUALIDAD DE PAGO<\/strong>. Aquellos asociados que abonen sus cuotas mensuales antes del d\u00eda de la fecha de vencimiento, se har\u00e1n acreedores a interesantes premios, que se les informar\u00e1 de haber sido beneficiados.<br><\/li><li>Para participar no es necesario inscribirse, debido a que el \u00fanico requisito es abonar la cuota antes del d\u00eda 15 del mes (hasta el d\u00eda 14).<br><\/li><li>Quienes cumplan este requisito, cuyas cuatro o cinco \u00faltimas cifras de su N\u00famero de Asociado coincidan con los cinco primeros n\u00fameros premiados de la \u00faltima jugada de la Loter\u00eda Nacional, del mes que vence la cuota, recibir\u00e1n los mencionados premios.<br><\/li><li>Si el asociado abona las tres cuotas juntas del trimestre antes de la fecha del primer vencimiento, el valor del primer premio se duplica, y participa de los sorteos.<br><\/li><li>La intenci\u00f3n de este premio, es a efectos de que los asociados concurran a abonar sus cuotas en los primeros d\u00edas del mes, cuando en los lugares de pago hay menos gente, evitando as\u00ed demoras y aglomeraciones, que nos perjudican a ambos.<br><\/li><li><strong>CUOTA GRATIS<\/strong>. Sin l\u00edmite, percibir\u00e1n los asociados que compartan esta cobertura, al presentar a familiares, vecinos o amigos, que por su intermedio ingresen como nuevos asociados a nuestro Plan de Previsi\u00f3n Individual para la Familia.<br><\/li><li>Tambi\u00e9n obtendr\u00e1n cuotas gratis aquellos que al percibir el subsidio por casamiento, nacimiento o adopci\u00f3n agreguen en ese acto al c\u00f3nyuge o hijo, que se establece en los p\u00e1rrafos 67; 72 y 78 del presente.<br><\/li><li><strong>NI\u00d1OS (BEBES) EST\u00c1N EXENTOS de abonar su CUOTA<\/strong> hasta el a\u00f1o de edad y le corresponde el servicio f\u00fanebre sin cargo una vez que cumplan la carencia de seis meses a partir de su inscripci\u00f3n.<br><\/li><li><strong>DESCUENTOS EN LA CUOTA DEL 20%<\/strong> a los asociados que no utilicen el servicio de Cobrador Domiciliario y abonen sus cuotas en nuestra oficina, Bapro, RapiPago, Tarjetas de Cr\u00e9dito por d\u00e9bito autom\u00e1tico, transferencia bancaria (CBU) y otras modalidades de pago.<br><\/li><li>Quienes abonen su cuota despu\u00e9s de la fecha del vencimiento y durante el mes del mismo, el descuento ser\u00e1 del 10% y aquellos que lo hagan en el mes posterior, no tendr\u00e1n descuento alguno.<br><\/li><li>En este \u00faltimo caso, tendr\u00e1 la INHABILITACI\u00d3N POR FALTA DE PAGO, que se menciona en las Obligaciones del Asociado, en los p\u00e1rrafos 128; 129 y 130 del presente.<br><\/li><li><strong>COBRADORES A DOMICILIO<\/strong>, sin cargo alguno, en las zonas habilitadas con este servicio; quien lo visitar\u00e1 hasta dos veces en el mes; la primera antes de la fecha de vencimiento, que es el d\u00eda quince (15).<br><\/li><li>Despu\u00e9s de la segunda visita, ser\u00e1 responsabilidad del asociado abonar sus cuotas en nuestra oficina o solicitando personalmente, por tel\u00e9fono o e-mail, se confeccione la Boleta de Pagos para abonarla en RapiPago, Bapro, transferencia bancaria (CBU) y otras modalidades de pago.<br><\/li><li>Aquellos asociados que abonen sus cuotas despu\u00e9s de la fecha de vencimiento, su valor variar\u00e1 en los porcentajes que se mencionan en el beneficio anterior, como as\u00ed tambi\u00e9n las mismas inhabilitaciones a que se hace referencia, en los p\u00e1rrafos 129 y 132 del presente.<br><\/li><li><strong>PLAZO DIFERIDO DE PAGO<\/strong>, para los asociados que por distintas razones no puedan abonar sus cuotas en t\u00e9rmino.<br><\/li><li>Deber\u00e1 solicitarlo durante el mes de vencimiento de la misma, para no quedar inhabilitado y se le otorgar\u00e1 un n\u00famero de Plazo Diferido que se registrar\u00e1 en el sistema de computaci\u00f3n, donde constar\u00e1 la fecha que podr\u00e1 abonar y con esta f\u00f3rmula no figurar\u00e1 como deudor durante el tiempo solicitado.<br><\/li><li>Si persiste la dificultad puede renovar el Plazo Diferido, por un tiempo mayor, pero deber\u00e1 hacerlo antes de la fecha que vence el mismo, para no quedar inhabilitado.<br><\/li><li>Este beneficio y la atenci\u00f3n que tenemos con aquellos que por razones fortuitas no pueden abonar sus cuotas en las fechas que corresponden, <strong>no permite ninguna excusa a quienes quedan inhabilitados<\/strong> por pagos realizados en el mes posterior al del vencimiento o cuotas adeudadas, seg\u00fan se menciona en las obligaciones de los asociados en los p\u00e1rrafos 106; 107 y 108 del presente.<br><\/li><li><strong>CONTINUIDAD EN EL SISTEMA DE PREVISI\u00d3N INDIVIDUAL<\/strong> para el resto del n\u00facleo de asociados, al producirse el fallecimiento o baja del titular, manteniendo la antig\u00fcedad que ten\u00edan a efectos de la vigencia de los beneficios.<br><\/li><li>Autom\u00e1ticamente pasar\u00e1 a ser titular el asociado que tenga el n\u00famero individual correlativo quedando impl\u00edcita la aceptaci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Jurada y Constancia firmada en el momento del ingreso.<br><\/li><li><strong>REINCORPORACI\u00d3N<\/strong>. El n\u00facleo de asociados que fue dado de baja, podr\u00e1 reincorporarse en cualquier momento con el mismo n\u00famero de asociado que ten\u00eda hasta su baja, previo an\u00e1lisis de los antecedentes que obren en el legajo.<br><\/li><li>Podr\u00e1n tener ciertas concesiones en lo referente a los gastos de administraci\u00f3n e ingreso y reducci\u00f3n en las carencias, pero la edad que figurar\u00e1 en la Solicitud de Reincorporaci\u00f3n ser\u00e1 la actual, y no como se menciona en el p\u00e1rrafo 112 del presente.<br><\/li><li><strong>AGREGADOS AL N\u00daCLEO DE ASOCIADOS<\/strong>, a cualquier persona hasta los sesenta y cinco a\u00f1os de edad, que integrar\u00e1 el mismo a partir del trimestre posterior a la presentaci\u00f3n de la solicitud correspondiente.<br><\/li><li>Ingresar\u00e1n y estar\u00e1n sujetos a las mismas normas de ingreso que est\u00e1n vigentes y se mencionan en el presente.<br><\/li><li><strong>INGRESO A PERSONAS MAYORES<\/strong> de sesenta y cinco a\u00f1os de edad, \u00fanicamente dentro de un n\u00facleo de asociados, cuando sean familiares directos (padre, madre o suegros del titular) y no tengan otra cobertura de sepelio.<br><\/li><li>Este beneficio se ha creado al solo efecto de no dejar desprotegidos de un n\u00facleo familiar a personas mayores que integran el mismo.<br><\/li><li><strong>EDADES CONGELADAS<\/strong> a los efectos de realizar los c\u00e1lculos por edades para fijar el valor de la cuota mensual.<br><\/li><li>Se tomar\u00e1 a los fines mencionados, las edades que ten\u00edan en el momento del ingreso y este procedimiento hace que a medida que pase el tiempo, la cuota sea menor con relaci\u00f3n a las edades reales.<br><br><strong>OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS<\/strong><br><\/li><li><strong>LOS ENFERMOS TERMINALES<\/strong> no pueden ingresar en este Plan de Previsi\u00f3n Individual que incluye la Cobertura de Sepelio, debido a que fue creado con fines sociales y no especulativos.<br><\/li><li>Al no exigirse revisaci\u00f3n m\u00e9dica para el ingreso; el titular deber\u00e1 firmar la \u00abDeclaraci\u00f3n Jurada y Constancia\u00bb donde declare bajo juramento que \u00e9l y su grupo de asociados no se encuentran en las condiciones mencionadas anteriormente.<br><\/li><li>Toda declaraci\u00f3n falsa o reticencia de circunstancias conocidas, a\u00fan hecho de buena fe, que a juicio de peritos m\u00e9dicos, hubiese impedido asociarse, hace nula esta cobertura, debiendo afrontar los gastos ocasionados y costas correspondientes, a cuyo efecto el titular y su grupo familiar, responden con todos sus bienes.<br><\/li><li>Cualquier falseamiento en que incurrieran las personas comprendidas en la Solicitud de Ingreso, ser\u00e1 causa suficiente para su autom\u00e1tica anulaci\u00f3n de pleno derecho, sin perjuicio de reclamar judicialmente por los da\u00f1os ocasionados.<br><\/li><li><strong>DOMICILIO REAL<\/strong>. Los asociados constituyen su domicilio real en el indicado en la Solicitud de Ingreso y\/o aquellos que fehacientemente notifiquen con posterioridad.<br><\/li><li>Deber\u00e1 informar su domicilio exacto, como as\u00ed tambi\u00e9n mantener informado de todo cambio de domicilio y\/o n\u00famero de tel\u00e9fono, celular o direcci\u00f3n electr\u00f3nica del titular, de familiares o de su trabajo.<br><\/li><li><strong>DATOS FALTANTES O ERR\u00d3NEOS<\/strong>. Es responsabilidad del asociado insertar en su Solicitud de Ingreso los datos exactos de los amparados, debido a que si no coinciden con lo que figura en sus documentos no se le puede brindar los beneficios de este sistema.<br><\/li><li>Por tal motivo, si al ingresar carecen de datos de filiaci\u00f3n de alguno de los amparados, deber\u00e1n informarlo a la mayor brevedad posible.<br><\/li><li><strong>INHABILITACIONES POR FALTA DE PAGO O CON ATRASO<\/strong>. Queder\u00e1n inhabilitados y desprotegidos de la cobertura de sepelio, aquellos que no hagan efectiva las cuotas correspondientes por periodos anticipados (Ejemplo: la cuota del mes de febrero se abona antes del 15 de enero).<br><\/li><li>Quienes abonen la cuota mensual en el mes posterior al del vencimiento, tendr\u00e1n una INHABILITACI\u00d3N DE DIEZ (10) D\u00cdAS, a partir de la fecha que abono la cuota atrasada.<br><\/li><li>La falta de pago del mes POR ANTICIPADO, producir\u00e1 autom\u00e1ticamente la cesaci\u00f3n de los beneficios, como as\u00ed tambi\u00e9n faculta a esta Mutual a darle de baja del sistema sin previo aviso.<br><\/li><li>Para evitar esta situaci\u00f3n que puede perjudicar al asociado, se les recuerda que en caso de fuerza mayor, podr\u00e1n solicitar PLAZO DIFERIDO de pago<strong>, \u00a0cuyas normativas se pueden ver, haciendo clic <a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/plazo-diferido\/\"><strong>AQU\u00cd<\/strong><\/a><\/strong>\u00a0 <strong>y<\/strong> en los p\u00e1rrafos 106; 107; 108 y 109 del presente.<br><\/li><li><strong>PERDIDA DEL DESCUENTO DEL 20% EN CUOTAS MENSUALES<\/strong>, que se benefician aquellos que no tienen servicios de Cobrador Domiciliario. Cuando abone la cuota con atraso y durante el mes del vencimiento el descuento ser\u00e1 del 10% y cuando se abone en el mes posterior, no tendr\u00e1 ning\u00fan descuento, mencionado en los p\u00e1rrafos 100 y 101 del presente.<br><\/li><li>Para el caso de asociados con cobrador domiciliario el importe a abonar ser\u00e1 dentro de los mismos porcentajes.<br><\/li><li><strong>NO SE HACE RESPONSABLE LA ENTIDAD DE LA FALTA DE COBRADOR<\/strong>, siendo responsabilidad del asociado tener la cuota al d\u00eda.<br><\/li><li>Despu\u00e9s de la segunda visita del cobrador, ser\u00e1 responsabilidad del asociado abonar sus cuotas en nuestra oficina de cobro, en el banco, transferencia bancaria (CBU) y otras modalidades de pago.<br><\/li><li><strong>UTILIZACI\u00d3N DE LAS BOLETAS DE PAGO<\/strong>. Por el sistema de computaci\u00f3n se emiten las Boletas de Pago, las cuales est\u00e1n numeradas correlativamente y salen confeccionadas con c\u00f3digo de barra.<br><\/li><li>Las Boletas de Pago Trimestrales se remiten por correo postal o por correo electr\u00f3nico con anticipaci\u00f3n y para el caso de no recibirlas en los \u00faltimos d\u00edas de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre , el asociado deber\u00e1 informarnos por cualquier medio, para solucionar inmediatamente el inconveniente que pudo haber surgido.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&nbsp;<strong>PUEDE CONSULTAR TAMBIEN EN NUESTRA PAGINA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/derechos-y-obligaciones\/\">Derechos y Obligaciones<\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/formas-de-pago\/\">Formas de pago<\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/fallecimiento\/\">En caso de fallecimiento<\/a> \u2013 Procedimiento a seguir<\/li><li><a href=\"https:\/\/manejodelduelo.com\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">El manejo del duelo<\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/plazo-diferido\/\">Plazo diferido<\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/documentacion-personal\/\">Documentaci\u00f3n personal<\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/boletines\/\">Boletines informativos<\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/contacto\/\">Contacto<\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/ayuda\/\">Ayuda<\/a><\/li><\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Derechos y Obligaciones de los Asociados INTRODUCCI\u00d3N Con la aceptaci\u00f3n de la \u00abSolicitud de Ingreso\u00bb como asociado al Plan de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"site-sidebar-layout":"default","site-content-layout":"","ast-site-content-layout":"default","site-content-style":"default","site-sidebar-style":"default","ast-global-header-display":"","ast-banner-title-visibility":"","ast-main-header-display":"","ast-hfb-above-header-display":"","ast-hfb-below-header-display":"","ast-hfb-mobile-header-display":"","site-post-title":"","ast-breadcrumbs-content":"","ast-featured-img":"","footer-sml-layout":"","ast-disable-related-posts":"","theme-transparent-header-meta":"","adv-header-id-meta":"","stick-header-meta":"","header-above-stick-meta":"","header-main-stick-meta":"","header-below-stick-meta":"","astra-migrate-meta-layouts":"default","ast-page-background-enabled":"default","ast-page-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-4)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"ast-content-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"footnotes":""},"class_list":["post-62","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/62","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=62"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/62\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":261,"href":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/62\/revisions\/261"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coberturaparana.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=62"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}